CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y ENTREGA

Las presentes condiciones generales de venta y entrega serán de aplicación a todos los suministros y servicios realizados por VIAVAC Elevación por vacío, S.L., con domicilio en Avda. de Salteras 265. PL 2, Mod 10-11. 41590 SALTERAS (SEVILLA), inscrita en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de SEVILLA con el número B-25899220. Quedan anuladas todas las versiones anteriores.

Art. 1 Generalidades

1.1 Todas nuestras ofertas, contratos y su ejecución se regirán exclusivamente por las presentes condiciones. Cualquier desviación deberá acordarse expresamente por escrito.

1.2 En estas condiciones, por “la contraparte” se entenderá toda persona física o jurídica que haya celebrado o desee celebrar un contrato con nuestra empresa, así como sus representantes, apoderados, sucesores legales y herederos.

1.3 Queda expresamente excluida la aplicación de las condiciones generales utilizadas por la contraparte en la medida en que sean contrarias a las presentes condiciones.

1.4 La simple realización de un pedido y/o la recepción de los bienes suministrados implica la aceptación de estas condiciones, considerándose además que la contraparte acepta tácitamente la aplicación exclusiva de las mismas respecto de encargos posteriores realizados verbalmente, por teléfono, correo electrónico o cualquier otro medio, independientemente de que exista o no confirmación escrita por nuestra parte.

Art. 2 Ofertas

2.1 Todas nuestras ofertas, cualquiera que sea su forma, se realizan sin compromiso. Las imágenes, dibujos, dimensiones, pesos, especificaciones, etc. incluidos en nuestros catálogos, folletos y prospectos tienen únicamente carácter orientativo. Las posibles diferencias no darán derecho a la contraparte a rechazar nuestros productos ni a reclamar compensación alguna.

2.2 El envío de ofertas y/o documentación no nos obliga al suministro ni a la aceptación del pedido.

2.3 Nos reservamos el derecho de rechazar pedidos sin necesidad de justificarlo o de suministrarlos contra reembolso.

Art. 3 Contrato

3.1 La factura emitida por nosotros se considerará reflejo exacto y completo del contrato.

3.2 Los acuerdos complementarios o modificaciones posteriores, así como los acuerdos verbales o compromisos adquiridos por nuestro personal, vendedores, agentes, representantes u otros intermediarios, solo serán vinculantes si han sido confirmados por escrito por nuestra parte.

3.3 Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de que la contraparte, a nuestro exclusivo juicio, demuestre solvencia suficiente para cumplir con sus obligaciones económicas.

3.4 Estamos facultados para exigir garantías de pago y de cumplimiento de las demás obligaciones antes o después de la celebración del contrato y antes de continuar con su ejecución.

3.5 Estamos autorizados, si lo consideramos necesario o conveniente, a recurrir a terceros para la correcta ejecución del contrato, repercutiendo sus costes a la contraparte conforme a los precios facilitados. Siempre que sea posible, se consultará previamente con la contraparte.

Art. 4 Precios

4.1 Salvo indicación contraria, nuestros precios:

a) están basados en los precios de compra, salarios, costes salariales, cargas sociales, cargas gubernamentales, transportes, primas de seguro y demás costes vigentes en la fecha de la oferta o del pedido;
b) están calculados para entrega en nuestras instalaciones, almacén u otro lugar de almacenamiento;
c) no incluyen IVA, derechos de importación ni otros impuestos, tasas o gravámenes;
d) no incluyen costes de embalaje, carga, descarga, transporte ni seguro;
e) están expresados en euros (€); cualquier variación del tipo de cambio será repercutida si la operación se realiza en otra moneda.

4.2 En caso de incremento de uno o varios factores de coste, tendremos derecho a aumentar el precio del pedido en consecuencia, respetando la normativa legal aplicable, entendiéndose que cualquier aumento futuro conocido deberá indicarse en la confirmación del pedido.

Art. 5 Entrega y plazo de entrega

5.1 Salvo pacto en contrario, la entrega se realizará en nuestras instalaciones o almacén. Se considerará momento de entrega el instante en que la mercancía salga de nuestras instalaciones. La entrega con transporte incluido solo tendrá lugar si así se acuerda previamente.

5.2 La contraparte está obligada a comprobar inmediatamente en el momento de la entrega si existen faltas o daños en la mercancía o en el embalaje, o bien a efectuar dicha comprobación una vez comunicada por nuestra parte la puesta a disposición de la mercancía.

5.3 Cualquier falta o daño detectado en la mercancía o en el embalaje en el momento de la entrega deberá hacerse constar en el albarán, factura o documento de transporte. En caso contrario, se considerará que la entrega ha sido aceptada sin reservas y no se admitirán reclamaciones posteriores.

5.4 Tenemos derecho a realizar entregas parciales, que podrán facturarse por separado; en tal caso, la contraparte estará obligada al pago conforme al Artículo 12 de estas condiciones.

5.5 El plazo de entrega se indica siempre de forma aproximada, salvo acuerdo escrito expreso en contrario.

5.6 Nos comprometemos a respetar el plazo de entrega en la medida de lo posible, pero no asumimos responsabilidad alguna por daños derivados de su incumplimiento.

5.7 El retraso en la entrega no nos obliga a indemnización alguna ni otorga a la contraparte el derecho a cancelar el contrato o rechazar la recepción. En caso de retraso excesivo —a criterio de VIAVAC— se iniciará una consulta adicional con la contraparte.

5.8 Si, una vez transcurrido el plazo de entrega, la contraparte no hubiera retirado la mercancía, esta quedará almacenada a su disposición por cuenta y riesgo de la propia contraparte.

Art. 6 Transporte y riesgo

6.1 La forma de transporte, envío, embalaje, etc., será determinada por nosotros conforme a criterios comerciales razonables, salvo que la contraparte nos haya dado instrucciones específicas, sin que asumamos responsabilidad alguna al respecto. Las solicitudes particulares de la contraparte relativas al transporte o envío solo se atenderán si esta declara asumir los costes adicionales correspondientes.

6.2 El envío de la mercancía se realizará siempre por cuenta y riesgo de la contraparte, incluso cuando se haya acordado entrega con portes pagados, también en aquellos casos en que el transportista exija incluir en la documentación de transporte cláusulas que atribuyan formalmente el riesgo al remitente.

Art. 7 Fuerza mayor

7.1 Se entenderá por fuerza mayor cualquier circunstancia independiente de la voluntad de las partes o imprevisible, por la cual no pueda exigirse razonablemente el cumplimiento del contrato. Se consideran expresamente casos de fuerza mayor: huelgas, absentismo excesivo de nuestro personal, dificultades de transporte, incendio, medidas gubernamentales —incluyendo prohibiciones de importación o exportación, contingentes—, interrupciones en nuestra actividad o en la de nuestros proveedores o terceros contratados, así como incumplimientos de nuestros proveedores que impidan el cumplimiento de nuestras obligaciones frente a la contraparte.

7.2 Si, a nuestro juicio, la situación de fuerza mayor es temporal, tendremos derecho a suspender la ejecución del contrato hasta que desaparezca la circunstancia impeditiva.

7.3 Si, a nuestro juicio, la situación de fuerza mayor es permanente, las partes podrán acordar la resolución del contrato y sus consecuencias.

7.4 Tendremos derecho a exigir el pago de las prestaciones realizadas hasta el momento en que se produzca la circunstancia de fuerza mayor.

7.5 También podremos invocar fuerza mayor si la circunstancia se produce después del momento en que nuestra prestación debiera haberse ejecutado.

Art. 8 Responsabilidad

8.1 Salvo lo dispuesto por normas imperativas de orden público y buena fe, no estaremos obligados a indemnizar daños de ninguna naturaleza, directos o indirectos, incluidos daños empresariales, daños a bienes muebles o inmuebles o daños personales, tanto de la contraparte como de terceros, salvo que esta pruebe dolo o negligencia grave por nuestra parte o por parte de nuestros subordinados actuando conforme a instrucciones expresas.

8.2 Cualquier indemnización que eventualmente debamos abonar no superará el valor facturado, excluido IVA, de los bienes suministrados a los que se refiera la responsabilidad.

8.3 En caso de suministro de productos que no formen parte de nuestro catálogo estándar, es decir, fabricados especialmente para la contraparte o por encargo suyo, no asumiremos responsabilidad por errores en imágenes, planos, medidas, pesos, especificaciones u otros datos facilitados por la contraparte.

Art. 9 Reclamaciones

9.1 Las reclamaciones relativas a la calidad o tipo de los bienes o servicios suministrados solo serán tramitadas si nos llegan directamente por escrito dentro de los 8 días siguientes a la entrega, indicando con precisión la naturaleza y fundamento de la reclamación.

9.2 Las reclamaciones relativas a facturas deberán igualmente presentarse por escrito y directamente dentro de los 8 días siguientes al envío de la factura.

9.3 Transcurrido dicho plazo, se considerará que la contraparte ha aceptado la mercancía o factura, no admitiéndose reclamaciones posteriores.

9.4 Si consideramos fundada la reclamación, nuestra única obligación será sustituir la mercancía defectuosa, sin que la contraparte pueda exigir indemnización adicional.

9.5 La presentación de una reclamación no libera nunca a la contraparte de sus obligaciones de pago.

9.6 La devolución de mercancía solo podrá realizarse con nuestra autorización previa por escrito y bajo las condiciones que determinemos.

9.7 La devolución solo será posible respecto de productos estándar incluidos en nuestros catálogos oficiales, siempre que se encuentren en estado nuevo y se devuelvan en su embalaje original. El envío deberá realizarse con portes pagados. La emisión posterior de una nota de abono no autoriza a retrasar el pago de la factura. Nos reservamos el derecho a aplicar al menos un 15% de costes de devolución antes de proceder al abono.

9.8 No será posible devolver materiales no estándar, es decir, productos fabricados especialmente conforme al Art. 8.3.

Art. 10 Garantía

10.1 Sin perjuicio de lo dispuesto en otros apartados de estas condiciones, garantizamos la idoneidad y calidad de los bienes suministrados y de los materiales utilizados. Si la contraparte demuestra que el producto o material no cumple con los requisitos normales de uso, repararemos gratuitamente los defectos resultantes, salvo que optemos por sustituir el producto o material.

10.2 La garantía sobre productos adquiridos a terceros solo se aplicará en la medida en que el fabricante o proveedor correspondiente conceda dicha garantía.

10.3 Nuestra obligación de garantía quedará anulada si la contraparte realiza o encarga modificaciones o reparaciones por su cuenta, o utiliza el producto para fines distintos de su uso normal. La garantía quedará anulada si el producto se destina a fines empresariales distintos de su uso previsto o, a nuestro juicio, ha sido manipulado, utilizado o mantenido de forma incorrecta o negligente.

10.4 El incumplimiento por parte de la contraparte de cualquiera de sus obligaciones nos libera de todas nuestras obligaciones de garantía. Salvo la responsabilidad regulada expresamente en estas condiciones, el cumplimiento de nuestras obligaciones de garantía constituirá la única y total indemnización por daños.

Art. 11 Reserva de dominio

11.1 Todos los bienes suministrados por nosotros seguirán siendo de nuestra propiedad hasta el pago íntegro de todas las cantidades adeudadas por la contraparte por cualquier concepto, incluidas futuras reclamaciones, intereses y costes, y en caso de suministro en cuenta corriente, hasta la liquidación total del saldo pendiente.

11.2 En caso de transformación, procesamiento o mezcla de los bienes suministrados por nosotros por parte de la contraparte o en sus instalaciones, adquiriremos un derecho de copropiedad sobre el nuevo bien resultante, proporcional al valor de los bienes originalmente suministrados.

11.3 En caso de impago de una cantidad exigible, solicitud de suspensión de pagos, quiebra, tutela judicial, fallecimiento o liquidación de la contraparte, tendremos derecho, sin necesidad de requerimiento previo ni intervención judicial, a cancelar el pedido pendiente de entrega y a reclamar como propiedad nuestra la mercancía entregada y no pagada total o parcialmente, compensando en su caso las cantidades ya abonadas, sin perjuicio de nuestro derecho a reclamar daños y perjuicios. En tales casos, todas nuestras reclamaciones serán inmediatamente exigibles.

11.4 La contraparte podrá revender o utilizar los bienes en el marco de su actividad empresarial normal, pero no podrá pignorarlos ni utilizarlos como garantía frente a terceros.

11.5 Como garantía del pago correcto de todas nuestras reclamaciones, la contraparte estará obligada, a nuestra solicitud, a colaborar en la constitución de un derecho de prenda sobre todos los bienes suministrados por nosotros que permanezcan en su poder.

Art. 12 Pago

12.1 Salvo acuerdo en contrario, el pago deberá efectuarse al contado en el momento de la entrega o mediante ingreso o transferencia a la cuenta bancaria de VIAVAC Elevación por vacío, S.L. una vez emitida la factura, sin descuento ni compensación alguna. La fecha valor indicada en el extracto bancario será considerada como fecha de pago.

12.2 Los pagos efectuados por la contraparte se imputarán en primer lugar a intereses y costes de cobro, y posteriormente a las facturas pendientes más antiguas.

12.3 En los siguientes casos:

a) si la contraparte es declarada en quiebra, solicita suspensión de pagos o se embarga total o parcialmente su patrimonio;

b) en caso de fallecimiento o incapacitación legal;

c) si incumple alguna obligación legal o contractual;

d) si no paga total o parcialmente una factura dentro del plazo establecido;

e) si cesa su actividad, transmite su empresa o una parte importante de ella, incluida su aportación a una sociedad nueva o existente, o modifica el objeto social de su empresa; tendremos derecho, por el mero hecho de producirse cualquiera de estas circunstancias, a considerar resuelto el contrato sin necesidad de intervención judicial o a exigir inmediatamente el pago íntegro de todas las cantidades adeudadas por trabajos realizados o suministros efectuados, sin necesidad de aviso previo ni requerimiento formal, todo ello sin perjuicio de nuestro derecho a reclamar costes, daños e intereses.

Art. 13 Intereses y costes

13.1 Si el pago no se realiza dentro del plazo indicado en el artículo anterior, la contraparte incurrirá automáticamente en mora y deberá abonar, desde la fecha de factura, un interés del 2% por cada mes o fracción de mes sobre el importe pendiente.

13.2 Todos los costes judiciales y extrajudiciales correrán a cargo de la contraparte. Los costes extrajudiciales de cobro ascenderán como mínimo al 15% del importe adeudado, incluidos los intereses mencionados, con un mínimo de 140 €. Sobre dichos costes se devengará además el IVA correspondiente.

Art. 14 Derecho aplicable

Todas nuestras ofertas, contratos y su ejecución se regirán exclusivamente por el derecho español, con exclusión expresa de la Ley Uniforme sobre la Compraventa Internacional de Bienes Muebles Corporales (Ley de 15 de diciembre de 1971). Versión 170801